Para proyectar la viabilidad de un reajuste del haber es indispensable saber antes de iniciar un juicio de reajuste de haberes (jubilación o pensión), si al jubilado o pensionado aplicando la jurisprudencia vigente en la materia, le da diferencia en el haber que se puede reclamar y si esta diferencia es de tal significatividad que justifica el inicio de juicio de reajuste.
Para poder realizar el cálculo se necesita contar con:
1. La resolución que otorgó el beneficio, el detalle de remuneraciones tenidas en cuenta para la determinación del haber.
2. Si se trata de un beneficio de pensión derivada de jubilación necesitamos la resolución que otorgó la pensión.
Ofrecemos efectuar dicho cálculo, determinar así el haber que se debería estar percibiendo y en consecuencia las sumas adeudadas por las diferencias generadas entre el haber percibido y el haber reclamado, desde 2 años antes de que se efectúa el reclamo administrativo ante ANSES del pedido de reajuste con proyección del mismo a la fecha del cálculo.
A dicho servicio puede acceder enviando por e-mail en PDF la documentación antes señalada o contactando con el estudio vía telefónica para poder coordinar el horario de entrega de la documentación.
El tiempo estimado en la demora del cálculo es de 10 días hábiles.
El resultado se lo estaremos enviando por e-mail con una explicación sobre el mismo o mediante cita previa en el Estudio.
Consultanos el costo de la liquidación mediante WhatsApp o vía mail, para así efectuar el pago mediante los medios indicados.
Formas de pago
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