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Para el inicio del trámite sucesorio será necesario contar con la siguiente información y/o documentación:
1. Certificado de defunción.
2. Partida que acredite el vínculo del heredero con la persona fallecida.
3. Fotocopia del DNI del heredero o en caso de ser una sucesión testamentaria el testamento.
4. Para transmitir los bienes que integran el acervo sucesorio, se necesita el título original del bien que se intenta heredar.
Los gastos y honorarios, se determinan teniendo en cuenta la valuación de los bienes que forman el acervo hereditario.
Con dicha valuación estamos en condiciones de efectuar un presupuesto de los costos orientativo del costo del trámite sucesorio.